El RD105/2008 regula la gestión de los escombros ya que en muchos casos son un verdadero problema.
El productor del escombro de la obra, está obligado por la administración local a depositar una fianza, que no le será devuelta hasta que presente el correspondiente documento acreditativo de que los escombros, han sido retirados y trasladados a lugar destinado para su gestión.
Si la obra la ejecuta el propietario del inmueble, encontrará toda la información que necesita en la licencia de obra, que concede y autoriza el Ayuntamiento.
Existen empresas dedicadas a la gestión de los residuos y son ellas, las que proporcionan el material necesario para la recogida y envío a los centros de tratamiento.
El coste de estos contenedores, está obligado a asumirlo el responsable de la obra y es habitual que el profesional que realice la obra lo incluya en su factura.
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